AVISO DE PRIVACIDAD
En Kyclub A.C. (en lo sucesivo “KC”) entendemos la
importancia de tu privacidad, por lo que en cumplimiento con lo dispuesto en la
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
(la “Ley”), su Reglamento, y los lineamientos y criterios aplicables queremos
darte a conocer nuestro aviso de privacidad.
1.- ¿Quiénes
somos?
KC es una
sociedad mercantil constituida de conformidad con las leyes de México, con
domicilio en Blvd. Antonio L. Rodríguez 1882, Colonia Santa María, C.P. 64650,
Monterrey, N.L., México (el “Domicilio”), correo electrónico para fines de
contacto: privacidad.mexico@mkcorp.com (el
“Correo Electrónico”) y sitio web www.marykay.com.mx (el “Sitio
Web”)
2.- ¿Qué datos
personales recabamos?
Para poder
resolver las dudas que tengas acerca de cualquier producto de Mary Kay,
obtendremos los datos personales que nos proporciones voluntaria y libremente a
través de nuestro sitio web www.kyclub.com.mx para
poder llevar un adecuado registro del seguimiento que le demos a todas tus
inquietudes en relación a nuestros productos, así como para cumplir con
políticas, procedimientos y demás obligaciones legales aplicables que KC tiene
como empresa.
Los datos
personales que te requeriremos y que estaremos tratando, en caso de que tengas
alguna duda acerca de nuestros productos, son los siguientes:
· Nombre Completo (Apellido Paterno, Apellido Materno y Nombre(s)).
· Domicilio para entrega de productos (Calle, Número exterior e
interior, en caso de aplicar, Colonia, Código Postal, Delegación o Municipio,
Ciudad o Población y Entidad Federativa).
· Dirección de correo electrónico personal
· Edad y fecha de nacimiento
· Ocupación y lugar de trabajo
· Fotografía
· Género
· Teléfono o teléfonos relativos a tu ubicación, en caso de
existir.
3.- ¿Para qué utilizaremos tus datos?
KC utilizará
tus datos personales para las siguientes finalidades, derivadas de tus
solicitudes de información o dudas acerca de nuestros productos:
A. PRIMARIAS
•
Para podernos comunicar contigo.
•
Llevar un registro adecuado de nuestro seguimiento a la resolución de tus dudas
e inquietudes respecto a nuestros productos.
•
Coordinar los servicios prestados por KC en beneficio tuyo
B.SECUNDARIAS
•
Para fines de comunicación social y promoción de imagen de KC sin fines
comerciales.
4.- ¿Cómo limitamos el uso o divulgación de tus
datos?
Los Datos
Personales que son proporcionados a KC por medios legales o legítimos son
tratados de manera privada, confidencial y apropiada. Los Datos
Personales serán transferidos a terceros nacionales o extranjeros bajo los
términos del artículo 36 de la Ley, incluyendo autoridades, empresas
subsidiarias, filiales, relacionadas y/o que presten servicios a KC para (a)
cumplir con obligaciones legales existentes; (b) cumplir con una orden legal o
judicial; y (c) mientras que sea necesario para la operación y funcionamiento
de KC conforme a sus políticas y procedimientos. Los Datos Personales serán
transferidos a terceros dedicados a la comercialización de nuestros productos,
sólo en los casos en que tú así nos los solicites. De otra forma, no serán
transferidos a terceros fuera de los casos antes mencionados establecidos en la
Ley, y si requerimos transferir tus datos a algún tercero que no se encuentre
en estos supuestos, siempre solicitaremos tu consentimiento antes de hacerlo.
En cualquier momento puedes oponerte a que tus datos personales sean
transferidos, comunicándote con nosotros a través del Correo Electrónico o en
nuestro Domicilio. En caso de que no te opongas, entenderemos que nos permites
transferir tus datos en los términos antes descritos. Tus datos personales no
serán transferidos fuera de los casos antes mencionados.
En caso de ser
necesario para mejorar tu experiencia en nuestro Sitio web, puede que se
coloque un “cookie” en tu computadora. Tú no estás obligado a aceptar el cookie
que se le envíe y puede modificar tu navegador en cualquier momento a fin de
modo que no acepte cookies. Para mayor información sobre cookies, incluyendo
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5.- ¿Cómo
puedes ejercer tus derechos ARCO?
Como titular
de tu información personal, en cualquier momento puedes solicitarnos, el
acceso, rectificación, cancelación u oposición (derechos “ARCO”) de tus Datos
Personales. Si deseas hacerlo, por favor envíanos una solicitud por escrito, ya
sea a nuestro Domicilio y/o al Correo Electrónico, asegurándote que tu
solicitud contenga al menos lo siguiente:
A) Tu nombre y
domicilio, u otro medio idóneo para comunicarte la respuesta a tu solicitud.
B) Los
documentos que acrediten tu identidad o, en su caso, la representación legal de
quien presenta la solicitud a tu nombre.
C) La
descripción clara y precisa de los Datos Personales respecto de los que buscas
ejercer alguno de los derechos antes mencionados.
D) Cualquier
otro elemento o documento que facilite la localización de los Datos Personales,
así como cualquier otro documento requerido por la regulación actual en el
momento de presentar la solicitud.
En caso de
requerirse, KC se reserva el derecho de solicitarte documentación adicional
para acreditar tu identidad y/o demás Datos Personales que considere. Si tienes
dudas, podrás obtener más información acerca del estado de tu solicitud y los
plazos de respuesta de la misma mediante solicitud por escrito al Domicilio,
y/o al Correo Electrónico
6.- ¿Cómo
puedes revocar o limitar el uso de tus datos personales?
Si así lo
deseas, puedes revocar el presente consentimiento para el manejo de tus Datos
Personales o bien limitar su uso o divulgación en cualquier momento, ya sea
para la totalidad de las finalidades contenidas en el presente aviso, y/o para
las trasferencias de tus datos personales. Para tal fin, deberás enviar una
solicitud escrita al Domicilio y/o Correo Electrónico identificada en el
numeral 1 de este Aviso de Privacidad. Dicha comunicación deberá cumplir con
los requisitos mencionados en la sección 5 anterior. Si tienes dudas,
podrás obtener más información acerca del estado de tu solicitud y los plazos
de respuesta de la misma mediante solicitud por escrito al Domicilio, y/o al
Correo Electrónico.
En caso de que
no nos manifiestes que no deseas que tratemos tus datos para las finalidades
descritas en el presente aviso, dentro de un plazo de cinco días hábiles a
partir de que nos proporciones tus datos personales, entenderemos que nos has
otorgado tu consentimiento para tratarlos conforme a lo establecido en el
presente aviso de privacidad. Si tienes dudas, podrás obtener más información
acerca del estado de tu solicitud y los plazos de respuesta de la misma
mediante solicitud por escrito al Domicilio, y/o al Correo Electrónico.
7.- ¿Cómo te
avisaremos si hay cambios a este aviso de privacidad?
KC se reserva
el derecho de modificar este Aviso de Privacidad, en cuyo caso te lo comunicará
por medio de un aviso que se colocará en los medios habituales (físicos o
electrónicos) de comunicación de KC y en un lugar visible de sus instalaciones
en el Domicilio o por medio de avisos por escrito.
AVISO DE
PRIVACIDAD PARA CONSUMIDORES DE PRODUCTOS
DE KC
COSMETICS DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
En KC
Cosmetics de México, S.A. DE C.V (en lo sucesivo “Mary Kay”) entendemos la
importancia de tu privacidad, por lo que en cumplimiento con lo dispuesto en la
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
(la “Ley”), su Reglamento, y los lineamientos y criterios aplicables queremos
darte a conocer nuestro aviso de privacidad.
1.- ¿Quiénes
somos?
KC es una
sociedad mercantil constituida de conformidad con las leyes de México, con
domicilio en Blvd. Antonio L. Rodríguez 1882, Colonia Santa María, C.P. 64650,
Monterrey, N.L., México (el “Domicilio”) y correo electrónico para fines de
contacto: privacidad.mexico@kyclub.orp.com (el
“Correo Electrónico”)
2.- ¿Qué datos
personales recabamos?
Para poder
resolver las dudas que tengas acerca de cualquier producto de Mary Kay,
obtendremos los datos personales que nos proporciones voluntaria y libremente,
ya sea de forma presencial, vía telefónica o a través de nuestro sitio web www.kyclub.com.mx para
poder llevar un adecuado registro del seguimiento que le demos a todas tus
inquietudes en relación a nuestros productos, así como para cumplir con
políticas, procedimientos y demás obligaciones legales aplicables que KC tiene
como empresa.
Los datos
personales que te requeriremos y que estaremos tratando, en caso de que tengas
alguna duda acerca de nuestros productos, son los siguientes:
· Nombre Completo (Apellido Paterno, Apellido Materno y
Nombre(s)).
· Domicilio (Calle, Número exterior e interior, en caso de aplicar,
Colonia, Código Postal, Delegación o Municipio, Ciudad o Población y Entidad
Federativa).
· Género
· Estado civil
· Edad y fecha de nacimiento
· Dirección de correo electrónico personal
· Teléfono o teléfonos relativos a tu ubicación, en caso de
existir.
3.- ¿Para qué utilizaremos tus datos?
KC utilizará
tus datos personales para las siguientes finalidades, derivadas de tus
solicitudes de información o dudas acerca de nuestros productos:
A. PRIMARIAS
•
Para podernos comunicar contigo.
•
Llevar un registro adecuado de nuestro seguimiento a la resolución de tus dudas
e inquietudes respecto a nuestros productos.
•
Coordinar los servicios prestados por KC en beneficio tuyo.
B.SECUNDARIAS
•
Para fines de comunicación social y promoción de imagen de KC sin fines
comerciales.
4.- ¿Cómo
limitamos el uso o divulgación de tus datos?
Los Datos
Personales que son proporcionados a KC por medios legales o legítimos son
tratados de manera privada, confidencial y apropiada. Los Datos Personales
serán transferidos a terceros nacionales o extranjeros bajo los términos del
artículo 36 de la Ley, incluyendo autoridades, empresas subsidiarias, filiales,
relacionadas y/o que presten servicios a KC para (a) cumplir con obligaciones
legales existentes; (b) cumplir con una orden legal o judicial; y (c) mientras
que sea necesario para la operación y funcionamiento de KC conforme a sus
políticas y procedimientos. Los Datos Personales no serán transferidos a
terceros fuera de los casos antes mencionados establecidos en la Ley, y si
requerimos transferir tus datos a algún tercero que no se encuentre en estos
supuestos, siempre solicitaremos tu consentimiento antes de hacerlo. En
cualquier momento puedes oponerte a que tus datos personales sean transferidos,
comunicándote con nosotros a través del Correo Electrónico o en nuestro
Domicilio. En caso de que no te opongas, entenderemos que nos permites
transferir tus datos en los términos antes descritos. Tus datos personales no
serán transferidos fuera de los casos antes mencionados.
Si en
cualquier momento llegas a tener conocimiento de algún dato personal en
posesión de KC o tienes acceso a alguno por equivocación, ya sea por medios
físicos y/o electrónicos, por favor da aviso inmediato a través de nuestro Correo
Electrónico para que podamos tomar las medidas adecuadas, ya que de lo
contrario podrías ser responsable de cualquier mal uso que se llegara a dar a
esa información de acuerdo a la legislación aplicable.
5.- ¿Cómo
puedes ejercer tus derechos ARCO?
Como titular
de tu información personal, en cualquier momento puedes solicitarnos, el
acceso, rectificación, cancelación u oposición (derechos “ARCO”) de tus Datos
Personales. Si deseas hacerlo, por favor envíanos una solicitud por escrito, ya
sea a nuestro Domicilio y/o al Correo Electrónico, asegurándote que tu
solicitud contenga al menos lo siguiente:
A) Tu nombre y
domicilio, u otro medio idóneo para comunicarte la respuesta a tu solicitud.
B) Los
documentos que acrediten tu identidad o, en su caso, la representación legal de
quien presenta la solicitud a tu nombre.
C) La
descripción clara y precisa de los Datos Personales respecto de los que buscas
ejercer alguno de los derechos antes mencionados.
D) Cualquier
otro elemento o documento que facilite la localización de los Datos Personales,
así como cualquier otro documento requerido por la regulación actual en el
momento de presentar la solicitud.
En caso de
requerirse, KC se reserva el derecho de solicitarte documentación adicional
para acreditar tu identidad y/o demás Datos Personales que considere. Si tienes
dudas, podrás obtener más información acerca del estado de tu solicitud y los
plazos de respuesta de la misma mediante solicitud por escrito al Domicilio,
y/o al Correo Electrónico
6.- ¿Cómo
puedes revocar o limitar el uso de tus datos personales?
Si así lo
deseas, puedes revocar el presente consentimiento para el manejo de tus Datos
Personales o bien limitar su uso o divulgación en cualquier momento, ya sea
para la totalidad de las finalidades contenidas en el presente aviso, y/o para
las trasferencias de tus datos personales. Para tal fin, deberás enviar una
solicitud escrita al Domicilio y/o Correo Electrónico identificada en el
numeral 1 de este Aviso de Privacidad. Dicha comunicación deberá cumplir con
los requisitos mencionados en la sección 5 anterior. Si tienes dudas,
podrás obtener más información acerca del estado de tu solicitud y los plazos
de respuesta de la misma mediante solicitud por escrito al Domicilio, y/o al
Correo Electrónico.
En caso de que
no nos manifiestes que no deseas que tratemos tus datos para las finalidades
descritas en el presente aviso, dentro de un plazo de cinco días hábiles a
partir de que nos proporciones tus datos personales, entenderemos que nos has
otorgado tu consentimiento para tratarlos conforme a lo establecido en el
presente aviso de privacidad. Si tienes dudas, podrás obtener más información
acerca del estado de tu solicitud y los plazos de respuesta de la misma
mediante solicitud por escrito al Domicilio, y/o al Correo Electrónico
7.- ¿Cómo te
avisaremos si hay cambios a este aviso de privacidad?
KC se reserva
el derecho de modificar este Aviso de Privacidad, en cuyo caso te lo comunicará
por medio de un aviso que se colocará en los medios habituales (físicos o electrónicos)
de comunicación de KC y en un lugar visible de sus instalaciones en el
Domicilio o por medio de avisos por escrito.
AVISO DE
PRIVACIDAD PARA VISITANTES A LAS INSTALACIONES
DE KC
COSMETICS DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
En KC
Cosmetics de México, S.A. DE C.V (en lo sucesivo “Mary Kay”) entendemos la
importancia de tu privacidad, por lo que en cumplimiento con lo dispuesto en la
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
(la “Ley”), su Reglamento, y los lineamientos y criterios aplicables queremos
darte a conocer nuestro aviso de privacidad.
1.- ¿Quiénes
somos?
KC es una
sociedad mercantil constituida de conformidad con las leyes de México, con
domicilio en Blvd. Antonio L. Rodríguez 1882, Colonia Santa María, C.P. 64650,
Monterrey, N.L., México (el “Domicilio”) y correo electrónico para fines de
contacto: privacidad.mexico@mkcorp.com (el
“Correo Electrónico”)
2.- ¿Qué datos
personales recabamos?
Para poder
brindarte acceso a las instalaciones de Mary Kay, obtendremos los datos
personales que nos proporciones voluntaria y libremente de forma presencial
para poder llevar un adecuado registro de los visitantes a nuestras
instalaciones, así como para cumplir con políticas, procedimientos y demás
obligaciones legales aplicables que KC tiene como empresa.
Los datos
personales que te requeriremos, y que estaremos tratando en caso de que
ingreses a nuestras instalaciones, son los siguientes:
· Nombre Completo (Apellido Paterno, Apellido Materno y
Nombre(s)).
· Número de identificación oficial.
· Empresa u Organización donde trabajas (sólo en caso de ser
aplicable)
· Fotografías y video.
3.- ¿Para qué utilizaremos tus datos?
KC utilizará
tus datos personales para las siguientes finalidades, derivadas de tu visita a
nuestras instalaciones:
A. PRIMARIAS
• Para
llevar un registro pormenorizado de las visitas realizadas a nuestras
instalaciones y de las actividades realizadas al interior de las mismas.
• Para garantizar la integridad
de las personas y preservar la seguridad en nuestras instalaciones.
4.- ¿Cómo limitamos el uso o divulgación de tus
datos?
Los Datos
Personales que son proporcionados a KC por medios legales o legítimos son
tratados de manera privada, confidencial y apropiada. Los Datos
Personales serán transferidos a terceros nacionales o extranjeros bajo los
términos del artículo 36 de la Ley, incluyendo autoridades, empresas
subsidiarias, filiales, relacionadas y/o que presten servicios a KC para (a)
cumplir con obligaciones legales existentes; (b) cumplir con una orden legal o
judicial; y (c) mientras que sea necesario para la operación y funcionamiento
de KC conforme a sus políticas y procedimientos. Los Datos Personales no serán
transferidos a terceros fuera de los casos antes mencionados establecidos en la
Ley, y si requerimos transferir tus datos a algún tercero que no se encuentre
en estos supuestos, siempre solicitaremos tu consentimiento antes de hacerlo.
En cualquier momento puedes oponerte a que tus datos personales sean
transferidos, comunicándote con nosotros a través del Correo Electrónico o en
nuestro Domicilio. En caso de que no te opongas, entenderemos que nos permites
transferir tus datos en los términos antes descritos. Tus datos personales no
serán transferidos fuera de los casos antes mencionados.
Si en
cualquier momento durante tu visita llegas a tener conocimiento de algún dato
personal en posesión de KC o tienes acceso a alguno por equivocación, ya sea
por medios físicos y/o electrónicos, por favor da aviso inmediato a través de
nuestro Correo Electrónico para que podamos tomar las medidas adecuadas, ya que
de lo contrario podrías ser responsable de cualquier mal uso que se llegara a
dar a esa información de acuerdo a la legislación aplicable.
5.- ¿Cómo
puedes ejercer tus derechos ARCO?
Como titular
de tu información personal, en cualquier momento puedes solicitarnos, el
acceso, rectificación, cancelación u oposición (derechos “ARCO”) de tus Datos
Personales. Si deseas hacerlo, por favor envíanos una solicitud por escrito, ya
sea a nuestro Domicilio y/o al Correo Electrónico, asegurándote que tu
solicitud contenga al menos lo siguiente:
A) Tu nombre y
domicilio, u otro medio idóneo para comunicarte la respuesta a tu solicitud.
B) Los
documentos que acrediten tu identidad o, en su caso, la representación legal de
quien presenta la solicitud a tu nombre.
C) La
descripción clara y precisa de los Datos Personales respecto de los que buscas
ejercer alguno de los derechos antes mencionados.
D) Cualquier
otro elemento o documento que facilite la localización de los Datos Personales,
así como cualquier otro documento requerido por la regulación actual en el
momento de presentar la solicitud.
En caso de
requerirse, KC se reserva el derecho de solicitarte documentación adicional
para acreditar tu identidad y/o demás Datos Personales que considere. Si tienes
dudas, podrás obtener más información acerca del estado de tu solicitud y los
plazos de respuesta de la misma mediante solicitud por escrito al Domicilio,
y/o al Correo Electrónico
6.- ¿Cómo
puedes revocar o limitar el uso de tus datos personales?
Si así lo
deseas, puedes revocar el presente consentimiento para el manejo de tus Datos
Personales o bien limitar su uso o divulgación en cualquier momento, ya sea
para la totalidad de las finalidades contenidas en el presente aviso, y/o para
las trasferencias de tus datos personales. Para tal fin, deberás enviar una
solicitud escrita al Domicilio y/o Correo Electrónico identificada en el numeral
1 de este Aviso de Privacidad. Dicha comunicación deberá cumplir con los
requisitos mencionados en la sección 5 anterior. Si tienes dudas, podrás
obtener más información acerca del estado de tu solicitud y los plazos de
respuesta de la misma mediante solicitud por escrito al Domicilio, y/o al
Correo Electrónico.
En caso de que
no nos manifiestes que no deseas que tratemos tus datos para las finalidades
descritas en el presente aviso, dentro de un plazo de cinco días hábiles a
partir de que nos proporciones tus datos personales, entenderemos que nos has
otorgado tu consentimiento para tratarlos conforme a lo establecido en el
presente aviso de privacidad. Si tienes dudas, podrás obtener más información
acerca del estado de tu solicitud y los plazos de respuesta de la misma
mediante solicitud por escrito al Domicilio, y/o al Correo Electrónico
7.- ¿Cómo te
avisaremos si hay cambios a este aviso de privacidad?
KC se reserva
el derecho de modificar este Aviso de Privacidad, en cuyo caso te lo comunicará
por medio de un aviso que se colocará en los medios habituales (físicos o
electrónicos) de comunicación de KC y en un lugar visible de sus instalaciones
en el Domicilio o por medio de avisos por escrito.
TERMINOS Y CONDICIONES
TERMINOS Y CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS FUNERARIOS A FUTURO, EN CUOTAS MENSUALES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE GRUPO ACALG REPRESENTADA POR GERARDO
SANCHEZ VILLARREAL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL COORDINADOR”, Y
POR LA OTRA ANEXO QUESTIONARIO DE INSCRIPCION A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ “ASOCIADO/TITULAR”, A QUIENES DE MANERA
CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS
PARTES”. AL TENOR DEL SIGUIENTE
GLOSARIO, ASÍ COMO DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
GLOSARIO. - Para los efectos de este Contrato, se
entiende por:
a) Anexo: La
orden de servicio, QUE CUBRE UN SERVICIO FUNERARIO PARA EL ASOCIADO / TITULAR O
CUALQUIER PERSONA QUE SE ENCUENTRE REGISTRADO EN ESTE CONTRATO, en la cual se
enlistan los productos incluidos en el servicio, incluyendo precios de las
mensualidades por rango de edad y plan, además de cualquier observación
relativa a la prestación del servicio objeto del presente Contrato.
b)
ASOCIADO/TITULAR: A la persona física o moral que contrata la
prestación de servicios funerarios a cambio de cierta y determinada mensualidad.
c)
COORDINADOR:
A la persona física o moral que ofrece la prestación de servicios funerarios de
uso a futuro.
d)
SERVICIOS: Es el servicio funerario
de uso a futuro, que ofrece el COORDINADOR
y que contrata el ASOCIADO/TITULAR
como previsión, el cual se prestará cuando ocurra la muerte del ASOCIADO/TITULAR o de
los usuarios designados por éste y que incluirá los productos enlistados en el
presente Contrato.
e)
REPRESENTANTE: Es la persona
designada por EL ASOCIADO/TITULAR,
para que en su ausencia disponga de los servicios contratados conforme a las
necesidades respectivas.
f)
USUARIO: Es el ASOCIADO/TITULAR o en su caso a la persona designada por éste que
esté incluida en el contrato, para recibir en su momento los servicios
contratados en el presente Contrato.
DECLARACIONES
I.
Declara “El COORDINADOR” que:
a) En caso de Persona Moral: Ser una persona moral legalmente
constituida conforme a las leyes mexicanas por el señor Gerardo Sánchez Villarreal, bajo la denominación GRUPO ACALG, S.A DE C.V, lo que se
acredita con el testimonio de la escritura pública número 99(noventa y nueve), de fecha 17(diecisiete) días del mes de marzo del año 2015 (dos mil quince).
b)
Para ambos casos: Su domicilio se
encuentra ubicado en la calle Paseo de los estudiantes, número 2101, Colonia
Las Cumbres 2do Sector, Código Postal 64610, en Monterrey, Nuevo León, el cual
señala como domicilio convencional para todos los efectos legales del presente Contrato.
c)
Se encuentra inscrita en el Registro Federal de
Contribuyentes con la clave GAC150317RB2.
d) Cuenta con la infraestructura, los
elementos propios, los recursos técnicos y humanos suficientes para cumplir con sus obligaciones conforme a lo
establecido en el presente Contrato.
e)
Cumple con las licencias, permisos, avisos,
certificados y autorizaciones previstas en las disposiciones legales y normas
vigentes que corresponden.
f)
En
caso de que el Servicio sea prestado por un tercero: Los
Servicios objeto del presente Contrato serán prestados por CAPILLAS Y
PREVISIONES RAYMUNDO SANCHEZ, S.A DE R.L. El COORDINADOR aún y cuando haya subcontratado los
servicios objeto del presente Contrato, responderá por incumplimiento ante “EL ASOCIADO/TITULAR” por todas las
obligaciones a cargo de dicho tercero proporcionándole los servicios en las
instalaciones que estén asociadas a nuestra red.
Para la atención de dudas, aclaraciones,
reclamaciones o para proporcionar servicios de orientación, señala el teléfono
de la oficina 81 2557 2046, y correo electrónico contacto@funeralesycremaciones.com
II.
Declaraciones
de “EL ASOCIADO/TITULAR”:
a)En caso de persona
moral: ser una persona moral legalmente constituida conforme a las leyes
mexicana, de nombre: _______________________, su domicilio se encuentra ubicado en la calle _______________________, numero___________,entre_______________________,colonia_______________________,delegación_______________________,código postal_____________, El cual señala como domicilio convencional
para todos los efectos legales del presente contrato, teléfono_______________________, RFC_______________________Nombre del beneficiario de “EL
ASOCIADO/TITULAR” _______________________.
b)
En caso de Persona Física: Es una persona física de nacionalidad
________ y suficiente
capacidad
para obligarse en los términos del presente Contrato. Cuenta con correo
electrónico _________________ y teléfono __________.
Para ambos casos: Su domicilio se
encuentra ubicado en la calle _______, número _____,
Colonia
_______, Delegación __________, Código Postal _______________, en
______________,
___________, el cual señala como domicilio convencional para todos los
efectos
legales del presente Contrato.
Que recibió de “El COORDINADOR” toda la información relativa al
Servicio objeto del presente Contrato.
III.
Las partes declaran que:
A-
Se
reconocen las personalidades con las que ambas comparecen para la realización
del siguiente Contrato.
B- En virtud de las Declaraciones anteriores, “Las partes” convienen en
obligarse conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. CONSENTIMIENTO
DE LAS PARTES. - Las Partes de común acuerdo disponen de su voluntad
para consentir que el objeto del presente Contrato es la prestación de Servicios
de previsión funeraria en cuotas mensuales; por lo que “El
COORDINADOR” se obliga a prestar
el Servicio a “EL ASOCIADO/TITULAR” o en su caso a los integrantes designados por “EL ASOCIADO/TITULAR”; y éste, en consecuencia, se obliga a pagar a cuotas mensuales como
contraprestación una mensualidad determinada por el plan elegido y su rango de
edad.
SEGUNDA. LUGAR DE LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO. - El Servicio objeto del presente documento se realizará en CAPILLAS Y PREVISIONES
RAYMUNDO SANCHEZ, S. DE R.L, ubicada en calle Vallarta Nte.1001, 2do. Piso Esq.
Madero, Colonia Centro, Código Postal 64000, Delegación o Municipio Monterrey,
en la Ciudad de Nuevo León.
En caso de que el lugar de la prestación del servicio
se encuentre inhabilitado. Los Servicio se llevará a cabo en alguna de las
otras funerarias asociadas.
Si el deceso de “EL ASOCIADO/TITULAR y/o alguno de los
inscritos en el contrato ocurriese fuera de Monterrey y/o su área metropolitana,
los beneficiarios pondrán a su elección:
a- Realizar los servicios funerarios en el lugar donde haya ocurrido la
defunción por su cuenta, sin cargo para “El COORDINADOR”.
b- Por su cuenta, trasladar al occiso a Monterrey y solicitar a “El COORDINADOR” los servicios funerarios en dicha ciudad.
TERCERA. PAGO DEL SERVICIO.
- El importe
señalado en esta Cláusula se
refleja en el anexo 1 el cual contempla
todas las cantidades y conceptos referentes al Servicio, por lo que “El COORDINADOR” se obliga a
respetar todo lo estipulado en el presente contrato.
“EL ASOCIADO/TITULAR” efectuará los pagos correspondientes a un mes de mensualidad y un mes de
depósito, el cual será su respaldo en caso de dejar de pagar un mes y así se
compromete a pagar todos los meses la cantidad estipulada como mensualidad.
El valor de las mensualidades debe corresponder
siempre con el rango de edad del ASOCIADO/TITULAR, si durante la vigencia del presente
contrato varía el rango de edad del ASOCIADO/TITULAR deberá abonar el valor de
la mensualidad del nuevo rango de edad al que pertenece.
Se podrá
hacer uso del presente servicio a partir de los 90 días naturales después del pago de
su primera mensualidad y estando al corriente sus pagos.
CUARTA. FORMA Y LUGAR DE
PAGO. –
1. El ASOCIADO/TITULAR
para efectuar sus pagos deberá ingresar a portal kyclub.org donde pagará
mensualmente el saldo pendiente hasta cubrir la totalidad del costo del
servicio a través de Kyps (puntos KYP) dentro de la oficina virtual en
kyclub.org o la Pasarela de pago Mercado Pago dentro de la cual
podrá elegir
2. Pagos en Bancos.
3. Tiendas de conveniencia: Oxxo, Seven Eleven, etc.
4. Transferencias bancarias.
O en su caso, en la forma de pago legales que Las
Partes acuerden, en moneda nacional sin menoscabo de poderlo hacer en moneda
extranjera al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación al
día en que el pago se efectúe.
De igual
manera en este acto el ASOCIADO/TITULAR instruye de manera expresa e
irrevocable a “El COORDINADOR” para que por su cuenta y orden, cuando este deba realizar
cualquier pago que se origine con motivo de este contrato, y su fecha de pago
haya caducado, retire en caso de tener disponibles mediante cargos de su
cuenta personal en el portal kyclub.org su saldo pendiente en KYPS.
Los pagos que “EL ASOCIADO/TITULAR” realizará por
la prestación del Servicio, se harán mensualmente, “EL ASOCIADO/TITULAR” podrá hacer pagos por adelantado, o en su caso podrá realizar el pago
total anual del Servicio sin penalización alguna.
“El COORDINADOR” enviará a “EL ASOCIADO/TITULAR” El estado de
cuenta vía email, mensaje o WhatsApp en caso de interrupción en los pagos con
el objetivo de informarlo acerca de su situación o para avisarle que está cerca
su fecha de pago.
QUINTA. PAGOS EN EXCESO.
- En caso de que “EL ASOCIADO/TITULAR” realice pago(s)
en exceso la diferencia se acreditara a los siguientes meses.
SEXTA. DESIGNACIÓN DE
REPRESENTANTE(S). –EL
ASOCIADO/TITULAR de así desearlo,
podrá designar un representante. En caso de que el
Servicio objeto del presente Contrato sea para uso de “EL ASOCIADO/TITULAR” y este fallezca sin haber hecho la designación del representante,
cualquier otra persona podrá solicitar el Servicio para el TITULAR presentando
la documentación requerida y respetando el documento original.
“EL ASOCIADO/TITULAR” podrá en cualquier
momento designar y/o cambiar a su Representante o Integrantes(s) del contrato,
para lo cual deberá de hacerlo del conocimiento a “El
COORDINADOR” por escrito, por lo
que “El COORDINADOR” deberá recibir
dicha petición.
SEPTIMA. GARANTÍA. - “El COORDINADOR” garantiza que
el Servicio objeto del presente documento se prestara conforme a
lo estipulado en el mismo, atendiendo las leyes aplicables y en el domicilio
señalado en el presente Contrato y/o en cualesquiera de las funerarias asociadas.
En caso de que “El COORDINADOR” no cuente o no pueda prestar el Servicio en la
dirección señalada en el presente Contrato y su Anexo, éste
deberá de otorgarle a ““EL ASOCIADO/TITULAR” siempre y cuando así
lo acepte, la prestación del Servicio en otro establecimiento con las mismas
características y condiciones del Servicio contratado sin costo extraordinario
por el traslado o por cualquier otro concepto para ““EL ASOCIADO/TITULAR”, y en caso de no poder hacerlo se llegara a un acuerdo por ambas partes.
OCTAVA. CAUSAS DE RESCISIÓN.
- son causas de rescisión:
a) Que alguna de “Las partes” no cumpla con lo estipulado en el presente Contrato.
b) Si el Servicio prestado no corresponde con lo pactado y/o solicitado por ““EL
ASOCIADO/TITULAR”.
c) Al dejar de pagar 2 mensualidades consecutivas se cancelará automáticamente
su contrato. Sin derecho a reembolso del valor antes abonado.
En caso de rescisión del presente Contrato, la parte
que incumpla deberá de pagar lo correspondiente a la pena convencional.
NOVENA. USO DEL SERVICIO.
- Las partes expresan que a fin que “El COORDINADOR” esté en condiciones de prestar los servicios funerarios a que se
compromete en el presente, “EL ASOCIADO/TITULAR” se obliga a presentar
en el momento de solicitar lo referidos servicios los siguientes documentos:
a- Documentación oficial de identificación del occiso y/o de un familiar.
b- Membresía KyClub (código de referido o cualquiera que sea la forma de
identificación como miembro de dicho club)
c- Tener los pagos al corriente.
REQUISITOS
DE PAPELERIA:
ASOCIADO /
TITULAR: Identificación Oficial con foto Pasaporte o INE,
CONYUGE: Acta de
Matrimonio (donde especifique el nombre o papelería que especifique unión
libre)
HIJOS: menores de
18 años Acta de Nacimiento (donde especifique el nombre del Asociado Titular)
PADRES: Acta de nacimiento del Asociado
Titular (donde especifique los nombres de los padres)
**Toda la
documentación requerida será presentada en el momento de solicitar el servicio
a la funeraria. En caso de no coincidir los parentescos en la documentación con
lo declarado a la hora de contratar el plan funerario nos reservamos el derecho
de no prestar el servicio, dándole la opción al cliente del plan inmediato.
El contrato cubre a uno de los paquetes que el cliente
seleccione en el momento de prestar los servicios, siendo estos:
A)- Paquete
funeral de inhumación.
Ataúd
Metálico Modelo 7M
Traslado
Local
Gestoría
Funeral
Carroza
al Panteón área Metropolitana
Servicios
Profesionales
Empleados
Maniobras Locales
Asesoría
para gestiones de trámites legales
Tramitación
impuestos municipales, anotación marginal ,
registro de acta de defunción
Capilla
de velación 24 horas
Servicio
de Cafetería
Aseo
y Arreglo Estético
Servicio
de Oratorio para Misa de cuerpo presente
B)- Paquete
funeral de cremación.
Urna
de Cenizas Modelo 9065
Servicio
de Horno Crematorio
Gestoría
del Funeral
Servicios
profesionales
Empleados
Maniobras Locales
Asesoría
par gestiones de trámites Legales
Tramitación
impuestos municipales anotación marginal, registro de acta de defunción
Servicio
de Oratorio para Misa con Cenizas Presentes
(En caso de requerir algún
servicio adicional contratar directamente con la funeraria.)
SERVICIOS NO INCLUIDOS.
Embalsamamiento
Ningún servicio de gasto de panteón
Ningún servicio de periódico
Ninguna Ofrenda Floral
Traslado de Flores al Panteón
En caso de Fallecimiento Fuera de Monterrey y su área
Metropolitana los Gastos en otra Funeraria ni
Traslado hacia nuestra funeraria.
Costo de Tramitación impuestos municipales, anotación marginal, registro de acta.
DECIMA. OTRAS ACLARACIONES. - Cabe aclarar que los hijos que pueden ser incluidos en
este deben ser menores de 18 años de edad y
EL ASOCIADO/TITULAR no podrá ser mayor de 65 años de edad. Nos reservamos
el derecho de admisión.
DECIMA PRIMERA.
CONFIDENCIALIDAD.- Las Partes convienen que el presente Contrato tiene el carácter de confidencial, por lo que “El COORDINADOR” se obliga a mantener los
datos del “EL ASOCIADO/TITULAR con tal carácter y únicamente podrá ser
revelada la información contenida en el mismo por mandamiento de autoridad
competente; de igual forma “El
COORDINADOR” se obliga a no ceder o
transmitir a terceros con fines mercadotécnicos, publicitarios o de cualquier
otra índole los datos e información proporcionada por “EL ASOCIADO/TITULAR” con motivo del presente Contrato, ni enviar publicidad
sobre los bienes y servicios, salvo que conste la autorización expresa “EL ASOCIADO/TITULAR” en el
presente Contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. AVISO DE PRIVACIDAD.
- Previo
a la firma del presente Contrato y en cumplimiento a lo
dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de
los Particulares, “El COORDINADOR” hizo del conocimiento al “EL ASOCIADO/TITULAR del aviso de privacidad,
así como del procedimiento para ejercer los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales en adelante,
derechos ARCO.
Este garantiza que la información
personal que usted envía cuenta con la seguridad necesaria. Los datos
ingresados por usuario o en el caso de requerir una validación de los pedidos
no serán entregados a terceros, salvo que deba ser revelada en cumplimiento a
una orden judicial o requerimientos legales.
La suscripción a boletines de correos electrónicos publicitarios es
voluntaria y podría ser seleccionada al momento de crear su cuenta.
DECIMA TERCERA.
MODIFICACION Y TERMINACION DEL CONTRATO.
La modificación del presente
contrato debe estar aprobada por sus contratantes.
El contrato puede terminar por las causas siguientes:
A)
Acuerdo de las partes
B)
Fallecimiento del Titular. Con el
fallecimiento del titular se termina la relación contractual y la protección a
los integrantes que el asociado haya incluido en el contrato.
C)
Declaración Judicial
La parte
causante de la terminación del contrato responde, en su caso, de los daños y perjuicios
que se derive de esta para la otra parte.
La modificación o extinción del contrato x acuerdo de las partes se hará
contar en suplementos.
DECIMA CUARTA. VIGENCIA. - El presente contrato mantendrá su vigencia por periodo de un año
siempre y cuando se mantengan las condiciones pactadas, siendo prorrogado
automáticamente si ninguna de las partes manifiesta voluntad contraria x
escrito en un plazo no mayor a los treinta (30) días de la fecha de vencimiento
del mismo.
DÉCIMA QUINTA. JURISDICCIÓN. - Para todo lo relativo a la interpretación,
aplicación y cumplimiento del presente Contrato, “Las partes” acuerdan someterse en la vía administrativa a la
Procuraduría Federal del Consumidor, y en caso de subsistir diferencias, a la
jurisdicción de los tribunales competentes del lugar donde se celebra este Contrato.
FECHA: ___________ DEL MES______________ DEL
AÑO 20__________.
" El COORDINADOR " KyClub
___________________________ |
“EL ASOCIADO/TITULAR
___________________________ |
"Hago
constar que he leído y acepto todos y cada uno de los términos contemplado en
el presente contrato. "
ANEXO
PLANES DE
PREVENCIÓN FUNERARIA
PLAN
INDIVIDUAL
CUOTAS MENSUALES POR EDAD DEL TITULAR
DE 18 A 30 AÑOS $165.00MXN
DE 31 A 45 AÑOS $195.00MXN
DE 46 A 65 AÑOS $230.00MXN
*SOLO PARA EL TITULAR
REQUISITOS MINIMOS
-TITULAR MENOR A 65 AÑOS DE EDAD
-IDENTIFICACIÓN OFICIAL (INE O PASAPORTE)
**VALIDO DESPUES DE 90 DIAS DE SU CONTRATACIÓN
PLAN
FAMILIAR
CUOTAS MENSUALES POR EDAD DEL TITULAR
DE 18 A 30 AÑOS $250.00 MXN
DE 31 A 45 AÑOS $295.00 MXN
DE 46 A 65 AÑOS $350.00 MXN
INTEGRANTES:
-TITULAR, ESPOSA/O E HIJOS MENORES DE 18 AÑOS
REQUISITOS MINIMOS
-TITULAR MENOR A 65 AÑOS DE EDAD
-IDENTIFICACIÓN OFICIAL (INE O PASAPORTE)
-ACTA DE MATRIMONIO(Conyugue)
-ACTA DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS
**VALIDO DESPUES DE 90 DIAS DE SU CONTRATACIÓN
PLAN
FAMILIAR PLUS
CUOTAS MENSUALES POR EDAD DEL TITULAR
DE 18 A 30 AÑOS $420.00 MXN
DE 31 A 45 AÑOS $445.00 MXN
DE 46 A 65 AÑOS $490.00 MXN
INTEGRANTES:
-TITULAR, ESPOSA/O, HIJOS MENORES A 18 AÑOS Y PADRES DEL TITULAR
REQUISITOS MINIMOS
-TITULAR MENOR A 65 AÑOS DE EDAD
-IDENTIFICACIÓN OFICIAL (INE O PASAPORTE)
-ACTA DE MATRIMONIO(Conyugue)
-ACTA DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS
-ACTA DE NACIMIENTO DEL TITULAR
**VALIDO DESPUES DE 90 DIAS DE SU CONTRATACIÓN
FECHA: ___________ DEL MES______________ DEL
AÑO 20__________.
" El COORDINADOR " KyClub
___________________________ |
“EL ASOCIADO/TITULAR
___________________________ |
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS FUNERARIOS DE USO INMEDIATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE KYCLUB.ORG
ADMINISTRADA EN ESTE ACTO POR ACALG S.A DE C.V A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, Y POR LA OTRA (NOMBRE DEL CONSUMIDOR) A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CONSUMIDOR”, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE
LESDENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”.
AL TENOR DEL SIGUIENTE GLOSARIO, ASÍ COMO DE
LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
GLOSARIO. - Para los efectos de
este Contrato y su Anexo, se entiende por:
a) Agencia Funeraria: El
establecimiento mercantil autorizado, en el que el proveedor Prestará o
proveerá el Servicio funerario de uso inmediato.
b) Anexo: La orden de servicio, en la cual se
enlistan los productos contratados que se Incluyen en el servicio, así como el
costo total y cualquier observación relativa a la prestación del servicio
objeto del presente Contrato; como adelanto y plazos.
c) Consumidor: A la persona
física o moral que adquiere o utiliza bienes y servicios funerarios.
d) Proveedor: A la persona física o moral que
es comercializador de servicios funerarios, de conformidad con lo dispuesto en
el presente Contrato.
e) Servicio: Es el servicio funerario de uso
inmediato que ofrece el proveedor y que contrata el consumidor para ser
utilizado a la firma del presente contrato y que incluirá los productos
enlistados en el anexo del presente Contrato.
f) Resto: Del precio total del servicio lo que
queda por pagar a mensualidades luego de pagar el adelanto.
DECLARACIONES I.
Declara “El proveedor” que:
a) En caso de Persona Moral: Ser una persona
moral legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, lo que se acredita
con el testimonio de la escritura pública número 99(noventa y nueve), de fecha 17(diecisiete)
del mes de marzo del año 2015(dos mil quince)
b) Cuenta con correo electrónico
contacto@funeralesycremaciones.com y teléfono 824 159 2582 (8245 kyclub).
c) posee los elementos adecuados
y experiencia suficiente para obligarse a lo estipulado en el presente
Contrato. Su domicilio se encuentra ubicado en la calle Paseo de los
Estudiantes, número 2100, Colonia Cumbres 2do Sector, Delegación Monterrey,
Código Postal 64610, en Nuevo León, México, el cual señala como domicilio
convencional para todos los efectos legales del presente Contrato.
d) Cuenta con la infraestructura, los
elementos propios, los recursos técnicos y humanos suficientes para cumplir con
sus obligaciones conforme a lo establecido en el presente Contrato.
e) Cumple con las licencias, permisos, avisos,
certificados y autorizaciones previstas en las disposiciones legales y normas
vigentes que corresponden para llevar a cabo las actividades que comprende la
prestación del Servicio objeto de este Contrato.
f) Para la atención de dudas, aclaraciones,
reclamaciones o para proporcionar servicios de orientación señala el teléfono 824
159 2582 (8241 kyclub) y correo electrónico contacto@funeralesycremaciones.com,
con un horario de atención de 10:00 am horas a 5:00pm horas.
II. Declara “El consumidor” que:
- Declaraciones de “EL ASOCIADO/TITULAR”:
a)En caso de persona moral: ser una persona moral legalmente constituida
conforme a las leyes mexicana, de nombre: _______________________, su domicilio se encuentra ubicado en la
calle _______________________,
numero___________,entre_______________________,colonia_______________________,delegación_______________________,código postal_____________, El cual señala como domicilio convencional
para todos los efectos legales del presente contrato, teléfono_______________________, RFC_______________________Nombre del beneficiario de “EL
ASOCIADO/TITULAR” _______________________.
b) En
caso de Persona Física: Es una persona física de nacionalidad ________ y
suficiente
capacidad para obligarse en los
términos del presente Contrato. Cuenta con correo electrónico _________________
y teléfono __________.
Para ambos casos: Su domicilio se
encuentra ubicado en la calle _______, número _____,
Colonia _______, Delegación
__________, Código Postal _______________, en
______________, ___________, el
cual señala como domicilio convencional para todos los
efectos legales del presente
Contrato.
e) Recibió de “El proveedor” toda
la información relativa al servicio objeto del presente Contrato. En virtud de
las Declaraciones anteriores, “Las partes” convienen en obligarse conforme a
las siguientes:
CLÁUSULAS PRIMERA.
CONSENTIMIENTO. - Las partes
manifiestan su voluntad para celebrar el presente Contrato cuya naturaleza
jurídica es la prestación de Servicios funerarios de uso inmediato.
SEGUNDA.
OBJETO DEL CONTRATO. - El objeto del presente
Contrato es la prestación de Servicios funerarios de uso inmediato; por lo que
“El proveedor” se obliga a prestar el Servicio a “El consumidor” y éste en
consecuencia, se obliga a pagar como contraprestación un precio cierto y
determinado dependiendo del nivel de membresía kyclub. Mientras más alto sea el
nivel de membresía kyclub menor cantidad a pagar en adelanto por el servicio y
mayor cantidad de meses a pagar el resto.
TERCERA.
LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. - El
Servicio objeto del presente Contrato se realizará en CAPILLAS Y PREVISIONES
RAYMUNDO SANCHEZ, S.A DE R.L. DE C.V., ubicada en calle Vallarta Nte. 1001,
2do. Piso Esq. I. Madero, Colonia Centro, Código Postal 64000, Delegación o
Municipio Monterrey, en la Ciudad de Nuevo León.
“El proveedor” proporcionará el
Servicio estipulado en el presente Contrato para el cuerpo de la persona que en
vida llevó el nombre de ____________________________. La inhumación o cremación
se efectuará a las _____ horas del día ______, en el panteón u horno crematorio
elegido por “El consumidor” y que “El proveedor” contrata por cuenta y orden de
“El consumidor”.
CUARTA.
PAGO DEL SERVICIO. - “El consumidor” pagará
como contraprestación a “El proveedor” por el Servicio objeto del presente
Contrato, la cantidad de $24 350.00 (veinticuatro mil trescientos cincuenta/00
pesos M.N.), El valor de anticipo y mensualidades estará determinado por el nivel de membresía
del Consumidor en KyClub.org
El importe señalado en esta Cláusula contempla
todas las cantidades y conceptos referentes al Servicio y a lo señalado en su
Anexo; por lo que “El proveedor” se obliga a respetar en todo Momento dicho
costo sin poder cobrar otra cantidad no estipulada en el presente Contrato.
QUINTA.
FORMA Y LUGAR DE PAGO.- “El consumidor”
efectuará el pago de la membresía correspondiente con un costo de 300.00 (trescientos/00
pesos M.N)y por el Servicio pactado en los términos y condiciones pudiendo ser
en efectivo, con tarjeta de débito, transferencia bancaria, en moneda nacional,
de la siguiente manera:
La cantidad determinada como
anticipo a la firma del presente Contrato. Se cubrirá dos horas antes de la
salida del cortejo fúnebre.
“El proveedor” se obliga a emitir
y entregar a “El consumidor” al momento de que este último haya efectuado el
pago total del Servicio la factura correspondiente o documento fiscal que
ampare los cobros realizados por la prestación del Servicio conforme a la
legislación correspondiente si así el consumidor lo desea.
Al verificar que todos los pagos
están hechos y reflejados se le dará entrega al consumidos de su usuario y
contraseña de su oficina virtual en el portal kyclub.org en donde pagará
mensualmente el saldo pendiente hasta cubrir la totalidad del costo del
servicio a través de la
Pasarela
de pago Mercado Pago dentro de la cual podrá elegir
1. Kyps (puntos KYP) dentro de la
oficina virtual en kyclub.org
2. Pagos en Bancos.
3. Tiendas de conveniencia: Oxxo, Seven
Eleven, etc.
4. Transferencias bancarias.
O en su caso,
en la forma de pago legales que Las Partes acuerden, en moneda nacional sin menoscabo
de poderlo hacer en moneda extranjera al tipo de cambio publicado en el Diario
Oficial de la Federación al día en que el pago se efectúe.
De igual
manera en este acto el ASOCIADO/TITULAR instruye de manera expresa e
irrevocable a “El
PROVEEDOR” para que por su cuenta y orden, cuando este deba
realizar cualquier pago que se origine con motivo de este contrato, y su fecha
de pago haya caducado, retire en caso de tener disponibles, mediante cargos de
su cuenta personal en el portal kyclub.org su saldo pendiente en KYPS.
Los pagos que
“EL ASOCIADO/TITULAR” realizará por la
prestación del Servicio, se harán mensualmente, “EL ASOCIADO/TITULAR” podrá hacer pagos por adelantado, o en su caso podrá
realizar el pago total anual del Servicio sin penalización alguna.
PAGOS EN EXCESO. - En caso de que “EL ASOCIADO/TITULAR” realice pago(s) en
exceso la diferencia se acreditara a los siguientes meses.
“El PROVEEDOR” enviará a “EL ASOCIADO/TITULAR” El estado de cuenta vía email, mensaje o WhatsApp en
caso de interrupción en los pagos con el objetivo de informarlo acerca de su
situación o para avisarle que está cerca su fecha de pago.
SEXTA.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES. - “El
proveedor” se obliga a:
a) Informar a “El consumidor” sobre los
paquetes de servicios con los que cuenta, los precios y tarifas de cada uno de
ellos.
b) Proporcionar a “El consumidor” el catálogo
de productos y servicios con que cuenta.
c) Contar con las instalaciones adecuadas para
la prestación del Servicio y con los vehículos adecuados para la realización
del traslado del cadáver en caso de que éste sea requerido por “El consumidor”.
d) Contar con las licencias, permisos,
autorizaciones, avisos y demás documentación que establezca la legislación
nacional que regule las actividades que comprende el Servicio objeto del
presente Contrato.
e) Contar con el personal calificado para
llevar a cabo el Servicio.
f) Abstenerse de condicionar la prestación del
Servicio a la adquisición de un paquete o venta de productos.
g) Prestar el Servicio conforme a
lo ofrecido y/o publicitado por “El proveedor”, por lo que los costos del
Servicio deberán de respetarse a la firma del presente Contrato. *En caso de
que el consumidor desee algún producto o servicio que no esté incluido en
nuestras ofertas deberá hacerlo directamente con la funeraria.
h) Entregar a “El consumidor” la factura,
recibo o comprobante en el que consten los datos específicos del Servicio
objeto del presente Contrato.
“El consumidor” se obliga a:
a) Cumplir con lo establecido en el presente
Contrato.
b) Entregar a “El proveedor” la documentación
que éste le solicite para la prestación del Servicio. c) Realizar el pago
correspondiente del Servicio conforme a lo establecido en la Cláusula Quinta de
este Contrato y no incumplir con sus mensualidades.
SÉPTIMA.
GARANTÍA. - “El proveedor”
garantiza que el Servicio objeto del presente Contrato se prestará en el
domicilio señalado en la Cláusula Tercera de este Contrato y en apego a lo
dispuesto en la Ley Federal de Protección al Consumidor y la NOM-036-SCFI-2016
Prácticas comerciales, requisitos de información y disposiciones generales en
la prestación de servicios funerarios.
En caso de que “El proveedor” no cuente o no
pueda prestar el Servicio en la dirección señalada en el presente Contrato y su
Anexo, éste deberá de otorgarle a “El consumidor” siempre y cuando así lo
acepte, la prestación del Servicio en otro establecimiento con las mismas
características y condiciones del Servicio contratado, sin costo extraordinario
por el traslado o por cualquier otro concepto para “El consumidor.
OCTAVA.
CAUSAS DE RESCISIÓN. - Este
Contrato podrá rescindirse por las siguientes causas:
a) Que “Las partes” no cumplan con lo
estipulado en el presente Contrato.
b) Si el Servicio prestado no corresponde con
lo pactado y/o solicitado por “El consumidor”. En caso de rescisión del
presente Contrato, “La parte” que incumpla deberá de pagar la pena convencional
establecida en la Cláusula Décima, para lo cual se deberá informar por escrito
a la parte que incumplió la causa de rescisión del presente Contrato, para que
ésta, de así proceder, haga el pago correspondiente a la pena convencional.
NOVENA.
PENA CONVENCIONAL. - En caso de
incumplimiento por alguna de “Las partes” a las obligaciones objeto del
presente Contrato, la pena convencional será equivalente al 20 (veinte) % del
precio total del Servicio, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
En caso de que alguna de “Las partes” requiera
el pago de la Pena convencional por cualquier incumplimiento a lo establecido
en el presente Contrato, deberá de solicitar por escrito el pago de dicha pena,
debiendo “La parte” que incumplió hacer el pago en los 5 (cinco) días hábiles
siguientes de haber recibido el escrito de incumplimiento.
DÉCIMA.
AVISO DE PRIVACIDAD. - Previo a
la firma del presente Contrato y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley
Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, el
Proveedor hizo del conocimiento al Consumidor del aviso de privacidad, así como
del procedimiento para ejercer los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales en adelante,
derechos ARCO.
DÉCIMA PRIMERA.
JURISDICCIÓN. - Para todo lo relativo a la
interpretación, aplicación y cumplimiento del presente Contrato, “Las partes”
acuerdan someterse en la vía administrativa a la Procuraduría Federal del
Consumidor, y en caso de subsistir las diferencias, a la jurisdicción de los
tribunales competentes del lugar donde se celebra este Contrato.
Leído que fue y una vez hecha la explicación
de su alcance legal y contenido, este Contrato se firma por duplicado en cada
una de sus hojas y al calce, en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, a los ____
días del mes de _____ del año ______, entregándosele una copia del mismo a “El
consumidor”.
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en el ordenamiento jurídico mexicano, se considera como información sensible
datos relacionados con: la ideología política, raza, preferencia sexual,
sindicato, entre otros reconocidos como sensibles.
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utilizamos no recolectan ninguna información sobre la identidad personal ni nos
proporciona forma alguna de contactarlo y los cookies no extraen información
alguna de su computadora. También debe saber que reunimos cierta información sobre
el uso de nuestro Sitio, tal como el número y frecuencia de visitantes a
ciertas secciones del sitio. Estos datos sólo son utilizados en conjunto y no
incluyen ninguna información sobre la identidad personal o información sensible.
CODIGO DE ETICA
(Las notas aclaratorias de las disposiciones se hallan en cursiva)
Introducción
Todos
los Asociados de KYCLUB A.C. (de aquí en adelante referida como “KC”) deberán
de cumplir con el Código de Ética (de aquí en adelante referido como “el
Código”) que a continuación se transcribe y con las
normas
que en éste se establecen, ya que representan las normas básicas en todos los niveles
de acción.
El
Código contiene guías de interacción entre:
*
Las compañías de Venta Directa afiliadas a KC y sus consumidores.
*
Las compañías de Venta Directa afiliadas a KC y sus vendedores directos
independientes
/ distribuidores independientes actuales y futuros.
*
Las mismas compañías de Venta Directa afiliadas a KC en su calidad de
competidores en el mercado.
*El Administrador del Código de Ética, las compañías de Venta
Directa afiliadas a KC y el público en general.
El
Código tiene como objetivo lograr la satisfacción y la protección de los
consumidores,
establecer estándares éticos en la industria de la Venta Directa en un marco de
libre empresa y el fortalecimiento de la imagen pública de la Venta Directa.
Glosario
de Términos
Para
el objetivo del Código, los términos utilizados tienen el siguiente significado:
Administrador
del Código: Persona o cuerpo independiente nombrado por KC para vigilar el
cumplimiento del Código, así como, la resolución de quejas que puedan surgir.
Compañía:
Una compañía de Venta Directa es una entidad comercial que utiliza el
sistema de Venta Directa para la comercialización de productos y que es
miembro o Asociado Activo de KC.
Consumidor:
Cualquier persona que compra y consume productos de un vendedor directo
independiente / distribuidor independiente y/o una compañía de Venta Directa.
Forma
de Pedido: Incluye las formas de pedido, recibos y contratos impresos o
escritos que confirman los detalles de la orden del consumidor. En el caso de
las compras por Internet sería una forma que contenga todos los términos de la
oferta y de la compra proporcionando un formato imprimible o descargable.
Producto:
El producto incluye bienes y servicios.
Reclutamiento:
Actividad realizada con el fin de invitar a una persona a convertirse en
vendedor directo independiente / distribuidor independiente.
Vendedor
Directo Independiente / Distribuidor Independiente: Es una persona dedicada a
la actividad de la Venta Directa de manera independiente, participando por sí
misma en la venta de productos y servicios mediante contactos personales de
venta, distribuyendo productos de las compañías de Venta Directa, desarrollando
un negocio propio y obteniendo ganancias o utilidades del mismo.
Ventas
Directas: La comercialización de productos de consumo general,
directamente
a los consumidores en sus hogares o en los hogares de otros, en su sitio de
trabajo y otros lugares fuera de local comercial, usualmente a través de la
explicación o demostración de los productos realizada por un vendedor directo
independiente / distribuidor independiente. Aunque "las comunicaciones a
distancia" (por ejemplo, las ventas por Internet) generalmente no suelen
considerarse como Venta Directa, algunas compañías utilizan como apoyo técnicas
de comercialización a distancia y nueva tecnología para mejorar su negocio por
lo que las transacciones
realizadas
por estos medios también están cubiertas por el Código.
Generalidades
Compañías:
Las compañías afiliadas a KC se comprometen a acatar el Código como condición
de admisión y permanencia en la misma. También se comprometen a dar a conocer
el Código entre sus consumidores y vendedores directos independientes /
distribuidores independientes.
Vendedores
Directos Independientes / Distribuidores Independientes: Por su condición de
independencia, las personas dedicadas a la actividad de Venta Directa no están
directamente obligadas por el Código, pero las compañías les sugerirán
adherirse a éste o a reglas de conducta que cumplan con sus normas.
Autorregulación:
El Código es una medida de autorregulación de la industria de la Venta Directa.
No es una ley, pero sus obligaciones pueden requerir de un nivel de conducta
ética que excede los requisitos legales existentes. El incumplimiento no crea
ninguna responsabilidad de derecho civil. Con la terminación de su membresía en
KC, una compañía ya no está obligada por el Código, sin embargo, sus
disposiciones seguirán siendo aplicables a acontecimientos o transacciones que
hayan ocurrido durante el tiempo en el cual esa compañía era miembro de KC.
Legislación:
Las compañías y las personas dedicadas a la Venta Directa deberán cumplir con
las Leyes, Reglamentos y Normas del país en que operan y por lo tanto el Código
no declara expresamente las obligaciones legales que se deben cumplir, pero el
cumplimiento de las Leyes del País es una condición para su permanencia en KC.
Efectos
Extraterritoriales: Las compañías se comprometen a cumplir con el Código de
Ética de la Federación Mundial de Asociaciones de Venta Directa (WFDSA), en
relación a las actividades de Venta Directa que sus subsidiarias realicen en
otros países, a menos que esas actividades se encuentren bajo la jurisdicción
de Códigos de Ética de otras Asociaciones en donde ellas también sean miembros.
Esta disposición tiene por objeto promover la uniformidad de las prácticas
comerciales éticas, normas y estándares de comportamiento a nivel global. Al
participar en actividades de Venta Directa fuera del país, cada compañía se
compromete a cumplir con las disposiciones del Código de la Asociación de Venta
Directa de ese país (si es miembro). Si una compañía no es socio de la
Asociación de
Venta
Directa en otro país, la compañía se compromete a cumplir con las
disposiciones
del Código de la Asociación de Venta Directa en el que la compañía tiene su
sede o casa matriz (si es un socio de esa Asociación de Venta Directa).
1.
Conducta para la Protección a los Consumidores
1.1
Prácticas Prohibidas
Los
vendedores directos independientes / distribuidores independientes no
deberán
utilizar prácticas engañosas o injustas.
1.2
Identificación
Al
inicio de una presentación de ventas, los vendedores directos independientes /
distribuidores independientes sin que se les solicite, se
identificarán
verazmente ante el consumidor potencial, identificarán sus
productos
y la identidad de la compañía o compañías que representen y el
objetivo
de su solicitud.
1.3
Explicación y Demostración
La
explicación y demostración del producto ofrecido será exacta y completa, en
particular con respecto al precio y si es aplicable, el precio a crédito; los
plazos de pago; el período; los términos de garantía; la devolución de
productos y servicio posterior a la venta, así como, los plazos de entrega de
los productos. Los vendedores directos independientes / distribuidores
independientes darán respuestas precisas y comprensibles para todas las
preguntas de los consumidores con respecto al producto y al ofrecimiento hecho.
1.4
Forma de Pedido
En
el momento de la venta deberá ser entregado o puesto a disposición del
consumidor
un formato de pedido por escrito. En el caso de una venta
realizada
a través de Internet o medios similares se dispondrá en forma
imprimible
o descargable a través de Internet. El formato contendrá el nombre completo, el
domicilio permanente y el número telefónico de la compañía o del vendedor
directo independiente / distribuidor independiente y todos los términos
materiales de la transacción comercial. Todos los términos deberán ser claros y
legibles.
1.5
Literatura
La
literatura de promoción, publicidad o envíos por correo no contendrán
descripciones
del producto, aseveraciones, fotografías o ilustraciones
engañosas
y se especificará el nombre y el domicilio o el número telefónico de la
compañía o del vendedor directo independiente / distribuidor independiente.
1.6
Testimoniales
No
se presentarán pruebas testimoniales o argumentos que sean falsos,
obsoletos,
no aplicables o manipulados de cualquier manera que puedan
engañar
o inducir al error del consumidor.
1.7
Comparación y Denigración
Las
compañías y los vendedores directos independientes / distribuidores
independientes
se abstendrán de hacer comparaciones que puedan engañar y que sean
incompatibles con los principios de la competencia leal. Los puntos de
comparación se basarán en hechos que puedan justificarse y ser probados, no
desprestigiando a otra empresa o producto directamente o mediante implicación.
No aprovecharán injustamente la buena voluntad adjunta al nombre comercial y al
símbolo de otra empresa o producto.
1.8
Período de Tregua y Devolución de Bienes
Las
compañías y los vendedores directos independientes / distribuidores
independientes
deberán asegurarse de que cualquier forma de pedido
contenga
una cláusula de revocación de la compra que le permita al
consumidor
retractarse de cualquier pedido dentro de un período de tiempo
especificado
y obtener el reembolso de cualquier pago o bienes
comercializados.
Este derecho será proporcionado por escrito.
1.9
Garantía y Servicio Posterior a la Venta
Los
términos de la garantía, los detalles y las limitaciones del servicio posterior
a la venta, el nombre y el domicilio del responsable de la garantía, la
duración de la misma y las posibles acciones a seguir por parte del consumidor
se explicarán claramente en la forma de pedido u otros documentos que acompañen
o se proporcionen junto con el producto.
1.10 Respeto a la Privacidad
Los
contactos personales o telefónicos se realizarán de manera razonable y
durante
horas hábiles para evitar cualquier intromisión. Un vendedor directo
independiente
/ distribuidor independiente suspenderá la demostración o
presentación
de ventas cuando el consumidor se lo solicite. Los vendedores directos
independientes / distribuidores independientes y las compañías deberán tomar
las medidas necesarias para asegurar la protección de datos personales
proporcionados por el consumidor o por otro vendedor directo independiente /
distribuidor independiente.
1.11
Justicia
Los
vendedores directos independientes / distribuidores independientes no
abusarán
de la confianza de los consumidores, respetarán la falta de
experiencia
comercial de los consumidores y no explotarán la edad, enfermedad, falta de
comprensión y falta de conocimiento del lenguaje por parte de ellos.
1.12
Ventas por Referencias
No
se inducirá al consumidor a comprar bienes o servicios, con base en la
argumentación
de que puede reducir o recuperar el precio de compra
recomendando
a otros consumidores potenciales para realizar compras
similares,
si dichas reducciones o recuperaciones dependen de algún
acontecimiento
futuro poco seguro.
1.13
Entrega
Se
surtirá el pedido del consumidor de manera oportuna según lo
comprometido.
2.
Conducta hacia los Vendedores Directos Independientes / Distribuidores
Independientes
2.1
Adhesión al Código
Las
compañías les sugerirán a los vendedores directos independientes /
distribuidores
independientes adherirse al Código o a reglas de conducta que cumplan con sus
normas.
2.2
Reclutamiento
Las
compañías no emplearán prácticas de reclutamiento engañosas, abusivas,
fraudulentas o injustas con los potenciales o existentes vendedores directos
independientes / distribuidores independientes.
2.3
Información Comercial
La
información proporcionada por las compañías a los potenciales o existentes
vendedores directos independientes / distribuidores independientes con respecto
a la oportunidad de negocios y ganancias será exacta y completa. Las compañías
no realizarán promesas que no se puedan cumplir, ni podrán utilizar
razonamientos de ventajas falsas o engañosas.
2.4
Esquemas Piramidales o Cadenas sin fin
Las
ganancias que las compañías ofrecen a los vendedores directos
independientes
/ distribuidores independientes deberán provenir
principalmente
de la venta de productos o servicios para consumo real, ya sea personal o de su
línea descendente. Las compañías no ofrecerán ganancias por el mero hecho de
reclutar nuevos vendedores directos independientes / distribuidores
independientes o por la venta de productos que no sean útiles y factibles de
comercializar.
2.5
Cuentas
Las
compañías proporcionarán a los vendedores directos independientes /
distribuidores
independientes reportes periódicos concernientes a sus ventas, compras, detalle
de utilidades, descuentos, entregas, cancelaciones y otros datos relevantes, de
conformidad con el contrato originalmente pactado.
2.6
Declaración de Utilidades
Las
compañías y los vendedores directos independientes / distribuidores
independientes
no falsearán la información sobre ganancias o utilidades reales o potenciales.
Cualquier información se basará en hechos documentados y reales.
2.7
Relación Comercial
Las
compañías celebrarán con los vendedores directos independientes /
distribuidores
independientes un contrato de comisión o de mediación
mercantil
o un contrato de compra –venta o de suministro que contenga todos los detalles
esenciales de la relación comercial y sobre el cumplimiento del Código. Las
compañías informarán a las personas dedicadas a esta actividad sobre sus
obligaciones legales, licencias, altas, registros e impuestos aplicables, en el
entendido de que los vendedores directos independientes / distribuidores
independientes no mantienen ninguna relación laboral con las empresas, por ser
micro empresarios independientes cuyas ganancias dependen del nivel de ventas
de sus propios negocios. Los términos de “acuerdos, contratos o formas de
pedido por escrito” incluyen documentos proporcionados por vía electrónica, siempre
y cuando estos documentos se puedan imprimir o descargar vía Internet.
2.8
Cuotas
Las
compañías no pedirán a los vendedores directos independientes /
distribuidores
independientes cuotas elevadas para su inicio en el negocio, por capacitación,
franquicias, etc. o únicamente por el derecho de participar en el sistema de
distribución de la compañía. Los nuevos vendedores directos independientes /
distribuidores independientes podrán iniciar con una inversión mínima en
materiales promocionales que les permita hacer crecer su propio negocio y cuyo
valor deberá estar directamente relacionado con el monto de la inversión.
2.9
Terminación
Al
momento de la terminación de la relación comercial de un vendedor directo
independiente / distribuidor independiente con la compañía, ésta le comprará
los productos no vendidos pero vendibles, material promocional, los auxiliares
o estuches de ventas comprados durante los doce meses anteriores a la
terminación de la relación comercial. La compañía le acreditará el costo neto original
por concepto de los mismos, menos un cargo por manejo de hasta el 10% del
precio neto de compra, menos cualquier beneficio que haya recibido el vendedor
directo independiente / distribuidor independiente al momento de la compra
original de los bienes devueltos.
2.10
Inventario
Las
compañías no exigirán ni fomentarán la compra de inventarios de los
productos
en grandes cantidades. Para determinar la cantidad apropiada de
inventario
de productos, se deben de tomar en cuenta los siguientes aspectos
1. el inventario deberá de ser de acuerdo a las posibilidades reales
de venta de los productos
2. la competitividad de los productos
3. el comportamiento del mercado
4. las políticas de devolución y reembolso de la compañía. Las
compañías
deberán tomar medidas razonables para asegurarse que los
vendedores
directos independientes / distribuidores independientes que
reciben
ganancias por el volumen de ventas de su línea descendente están ya sea
consumiendo o revendiendo los productos que compran con el fin de recibir sus
ganancias.
2.11
Otros Materiales
Los
vendedores directos independientes / distribuidores independientes que
venden
material promocional o de formación y entrenamiento, aprobado por
las
compañías, ya sea en papel o en formato electrónico podrán
(1)
utilizar solo los materiales que cumplan con los mismos estándares que los
aprobados
(2)
abstenerse de hacer que la compra de estos materiales sea un requisito para su
línea descendente
(3)
proporcionar ayudas de ventas a un precio razonable y justo, lo que equivale a
un material similar disponible en el mercado en
general
y
(4)
ofrecer una política de devolución por escrito similar a la política
de
devoluciones de las compañías que representan. Las compañías deben de tomar
medidas razonables a fin de asegurar que las ayudas de ventas
producidas
por los vendedores directos independientes / distribuidores
independientes
cumplan con las disposiciones de este Código y no se induzca a error o engaño.
2.12
Formación y Capacitación
Las
compañías podrán proporcionar formación y capacitación para apoyar a los
vendedores directos independientes / distribuidores independientes en el
desarrollo de sus negocios y comportamiento ético.
La
capacitación sobre el comportamiento ético en los negocios se puede
realizar
a través de sesiones presenciales, capacitación en línea, manuales o guías
escritas o con materiales audiovisuales. Se sugiere que las compañía
proporcionen esta formación de manera gratuita o a bajo costo y en cualquier
caso las compañías no deberán utilizar los programas de formación ética como
medio de lucro. La formación ética se puede proporcionar como parte de un
programa de capacitación más amplio, el cual podría tener un costo adicional.
3.
Conducta entre Compañías
3.1
Interacción
Las
compañías desarrollarán sus actividades con un espíritu de competencia
equitativa, conduciéndose con justicia y respeto hacia los otros miembros.
3.2
Inducción
Las
compañías no deben alentar, atraer o inducir a ninguna persona mediante la
persuasión o acciones desleales para que cambien de otra compañía a la suya.
3.3
Denigración
Las
compañías no desprestigiarán ni denigrarán los productos, servicios, planes de
comercialización de otras compañías. Tampoco desacreditarán a los vendedores
directos independientes / distribuidores independientes que
mantengan
relaciones comerciales con otra compañía.
Aplicación del Código
Responsabilidad
de las Compañías: Cada compañía es responsable del cumplimiento del Código. En
caso de cualquier incumplimiento, las compañías realizarán todos los esfuerzos
razonables para resolver la queja.
Administrador
del Código: KC nombrará a una persona o a un cuerpo
independiente
como Administrador del Código. El Administrador del Código vigilará su
cumplimiento por parte de las compañías mediante acciones adecuadas y será
responsable del manejo de las quejas y del seguimiento del procedimiento
establecido para tal fin. También resolverá cualquier queja no resuelta de los
consumidores con base en el Código.
El
Administrador del Código tiene la autoridad para determinar qué es una práctica
fraudulenta, ilegal o no ética hacia los consumidores, hacia los vendedores
directos independientes / distribuidores independientes y entre las compañías
bajo el Código vigente, usando como guía los lineamientos legales imperantes en
el país.
El
cumplimiento de cualquier ley en particular, regulación o las disposiciones del
Código no impide que el Administrador del Código determine que una práctica es
engañosa o no ética. Por ejemplo, en una venta al consumidor que cumple con la
Ley, el Administrador del Código podrá determinar que esta venta fue realizada
mediante prácticas de ventas engañosas o poco éticas, por lo que podría
determinar alguna sanción como sería el reembolso o alguna compensación.
Acciones:
El Administrador del Código podrá considerar acciones tales como la cancelación
de pedidos, la devolución de los productos comprados, el reembolso de pagos u
otras, incluyendo advertencias a los vendedores directos independientes /
distribuidores independientes, la cancelación o terminación de los contratos
mercantiles con los mismos, advertencias a las compañías y la exclusión de
compañías como miembros de KC.
Manejo
de Quejas: KC y el Administrador del Código deberán establecer,
difundir
y aplicar procedimientos de manejo de quejas para garantizar su pronta
resolución. Las compañías también deberán implementar y dar a conocer un
procedimiento de manejo de quejas interno en base a sus políticas individuales
para asegurar la pronta resolución de todas las quejas.
Publicación:
Todas las compañías darán a conocer el Código a los vendedores directos
independientes / distribuidores independientes y a los consumidores.
INCUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA
PROTECCIÓN
A LOS CONSUMIDORES Y A LOS VENDEDORES DIRECTOS
INDEPENDIENTES
/ DISTRIBUIDORES INDEPENDIENTES
Si
algún consumidor o algún vendedor directo independiente / distribuidor
independiente
considera que una compañía afiliada a KC está incurriendo en una posible
violación al Código, podrá presentar una queja.
Procedimiento
para presentar una queja ante el incumplimiento del Código
1º.
Tratar de resolver el asunto directamente entre las partes involucradas. La
queja deberá ser por escrito incluyendo la siguiente información:
*
Fecha y detalles del incidente.
*
Las partes involucradas.
*
La sección del Código que considera ha sido violada.
*
Una descripción de las acciones realizadas por ambas partes para resolver el
asunto.
*
Si es el caso, el costo del producto involucrado y si es relevante incluir
facturas
u otros documentos de apoyo.
*
El estado actual de la queja.
*
La solución que se considere debería ser aplicada.
Se recomienda dar el tiempo suficiente para que la compañía pueda
responder a su queja. Por lo general, se sugiere un período de 30 días.
2º.
Si después de completar el primer paso la situación no es resuelta
satisfactoriamente,
se deberá contactar a KC para que la queja sea
canalizada
al Administrador del Código, proporcionándole por escrito la misma información
anteriormente mencionada.
3º.
Si la queja no es resuelta satisfactoriamente después de completar los pasos 1°
y 2° se podrá enviar un resumen completo de la queja, incluyendo las respuesta
tanto de la compañía como la del Administrador del Código a la Federación
Mundial de Asociaciones de Ventas Directas (WFDSA) a: info@wfdsa.org La Federación
Mundial se contactará con el Administrador del Código para aclarar por qué la
queja no ha sido resuelta. El Código de la Federación Mundial de Asociaciones
de Ventas Directas provee efecto extraterritorial. Esto quiere decir que se
está protegido presentando una reclamación a la WFDSA aunque la compañía en
cuestión no sea miembro de KC, pero que su oficina matriz sí esté afiliada a la
Asociación de Ventas Directas donde se encuentra la sede.
Pasos
a seguir:
* Investigar
donde se localiza la oficina matriz de la compañía.
*
Investigar si la compañía es miembro de la Asociación de Venta Directa
donde
se localiza su oficina matriz.
*
Si la compañía no es miembro de la Asociación de Venta Directa donde
ocurrió
la violación y tampoco es miembro de la Asociación donde se localiza su oficina
matriz, se deberá presentar una queja en las instancias
gubernamentales
/ Procuraduría Federal del Consumidor.
PROTECCIÓN
A LAS COMPAÑÍAS
Si
algún Asociado incumple con lo establecido en el Código o si algún Asociado
tiene conocimiento de que otro Asociado está incumpliendo, se sujetarán a lo
establecido en el siguiente procedimiento.
Procedimiento
para presentar una queja ante el incumplimiento del Código
Si
un Asociado sufre algún agravio a causa de que otro Asociado incumpla con lo
establecido en el Código, deberá presentar su reclamación mediante escrito
dirigido al Administrador del Código conteniendo cuando menos la siguiente
información:
a)
Nombre del Asociado denunciante, así como el de su representante quien deberá
ser el que firme el escrito.
b)
Domicilio del Asociado denunciante o en su caso un domicilio convencional para
oír y recibir notificaciones sobre este asunto en particular.
c)
Nombre y domicilio del Asociado o los Asociados que se considere están
incurriendo
en violación o incumplimiento.
d)
Relación sucinta de los hechos que han motivado la denuncia, redactados en
términos claros y precisos, acompañada de los elementos o pruebas que lo
acrediten.
e)
Tanto el escrito como sus anexos se deberán presentar en original, anexando las
copias que sean necesarias para correr traslado a cada uno de los Asociados que
se considere están incurriendo en violación o en incumplimiento. Con copia del
escrito y sus anexos, el Administrador del Código notificará al Asociado o los
Asociados contra los cuales se presente la reclamación en un término que no
excederá de 15 (quince) días hábiles, mediante citatorio con acuse de recibo o
mediante correo certificado.
A
partir del día en que se le notifique, cada uno de los Asociados contra los
cuales se presente la reclamación contará con un término de 15 (quince) días
hábiles para que mediante escrito dirigido al Administrador del Código
contesten lo que a su derecho convenga y exhiban las pruebas que acrediten su
dicho.
En
caso de que no se formule contestación alguna dentro del término señalado
anteriormente, se tendrá por contestada la reclamación en sentido afirmativo.
Recomendaciones
Después
de presentada la contestación o vencido el plazo para presentarla, el
Administrador del Código contará con un término que no excederá de 20 (veinte)
días hábiles para entregar un informe por escrito al Consejo Directivo de KC,
el cual contendrá lo siguiente:
a)
Procedencia o no de la queja o denuncia.
b)
Antecedentes de la queja o denuncia y su contestación.
c)
Recomendaciones en cuanto a la solución posible o sanción aplicable, en caso de
que sea procedente.
Las
recomendaciones del Administrador del Código deberán estar fundadas en el
Código.
El
Administrador del Código podrá en todo momento proponer soluciones al conflicto
entre las partes afectadas, siempre que no exista oposición de alguna de ellas
y que no se contraponga al Código o a los Estatutos Sociales de KC.
Sanciones
Una
vez recibido el informe, el Consejo Directivo KC tendrá un plazo de 20
(veinte)
días hábiles para resolver sobre la denuncia o convocar a la Asamblea General
para que resuelva conforme a los Estatutos.
Las
sanciones por incumplimiento al Código pueden ser:
a)
Amonestación, pudiendo otorgar un plazo para que la compañía corrija la
situación,
debiendo guardarse absoluta confidencialidad acerca de la misma.
b)
Suspensión temporal o exclusión del Asociado con la pérdida de sus derechos de
conformidad con lo establecido en el Artículo Décimo Tercero de los Estatutos
KC.